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¿No te están pagando la pensión?
La Ley Papito Corazón te respalda.
Iniciamos el cobro incluso con una sola cuota impaga. Actuamos rápido y sin rodeos.

¿Cómo funciona la Ley “Papito Corazón”?

La Ley Papito Corazón permite solicitar al Tribunal la retención de fondos del deudor en cuentas bancarias, instrumentos de inversión e incluso en su cuenta AFP.
Este procedimiento se puede activar incluso con una sola cuota impaga.

Para el uso extraordinario de los fondos previsionales (AFP), la ley exige que el deudor tenga tres cuotas continuas o discontinuas impagas.

Nuestro equipo se encarga de gestionar todo:

  • Presentación de la solicitud ante el Tribunal.

  • Retención inmediata de fondos bancarios.

  • Gestión completa del cobro vía AFP si corresponde.

  • Seguimiento de medidas judiciales hasta el pago total.

Registro Nacional de Deudores

Cuando el deudor acumula tres meses consecutivos o cinco meses discontinuos sin pagar, es incorporado al Registro Nacional de Deudores.
Esto desencadena una serie de restricciones legales diseñadas para asegurar el pago.

Restricciones que aplican automáticamente:

  • Retención de la devolución de impuestos.

  • Imposibilidad de obtener o renovar pasaporte o licencia de conducir.

  • Retención de hasta el 50% de créditos solicitados por el deudor.

  • Imposibilidad de inscribir ventas de vehículos o inmuebles.

  • Bloqueo de acceso a diversos beneficios y bonos estatales.

  • Retención directa de parte del sueldo por parte del empleador.

Nuestra labor:
Verificamos la deuda, gestionamos el ingreso al Registro y activamos las restricciones necesarias para asegurar el pago.

Medidas de Apremio: presión legal para asegurar el pago

    • Arresto nocturno (22:00 a 06:00 hrs) hasta por 15 días.

    • Arresto total hasta por 15 días si persiste el incumplimiento.

    • Arraigo nacional, prohibiendo salir del país.

    • Rescisión de actos o contratos, si el deudor intenta ocultar bienes.

Nuestro equipo se encarga de solicitar estas medidas cuando corresponda para asegurar el cumplimiento de la pensión.

Nuestros Servicios

Somos especialistas en Ley Papito Corazón y litigios de pensión de alimentos.
Te acompañamos desde el inicio del proceso hasta el pago completo de la deuda.

Servicios disponibles:

  • Cobro de pensiones de alimentos impagas.

  • Ingreso al Registro Nacional de Deudores.

  • Retención de fondos bancarios del deudor.

  • Cobro de fondos AFP.

  • Liquidación de deuda.

  • Solicitud de medidas de apremio judicial.

  • Aumento o modificación de la pensión.

  • Representación en Tribunales de Familia.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto demora el proceso?
Depende del Tribunal, pero las retenciones bancarias suelen activarse en días, no semanas.

¿Puedo cobrar AFP si nunca ha pagado?
Sí, si existen 3 cuotas continuas o discontinuas impagas.

¿Qué pasa si el deudor está en otra región?
El procedimiento es nacional; se puede solicitar en cualquier Tribunal.

¿Puedo iniciar el trámite solo con una cuota impaga?
Sí, para retenciones bancarias basta una cuota.

¿Necesito abogado?
Sí, un abogado agiliza el proceso y evita rechazos por errores de forma.

Habla con un abogado especialista hoy mismo

Si estás enfrentando un caso de pensión de alimentos impaga o quieres iniciar un proceso bajo la Ley Papito Corazón, estamos aquí para ayudarte.
Atendemos casos urgentes y entregamos orientación clara desde el primer minuto.

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